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Política

Arce envía preguntas al TSE del referéndum para definir el futuro de subsidios, reelección y escaños

El Libre Observador
Publicado : 21 de agosto de 2024 2:19 PM
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5 Min Lectura
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LA PAZ, 21 ago (El Libre Observador) — El presidente Luis Arce ha dado un paso decisivo al enviar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) las preguntas que definirán un referéndum sobre tres temas cruciales que tienen que ver con lo político y económico de Bolivia.

 Este plebiscito, programado para el 1 de diciembre, convocará a los bolivianos a decidir sobre temas que tocan la médula del Estado: la continuidad de los subsidios a la gasolina y el diésel, la posibilidad de una reelección discontinua para el Presidente y Vicepresidente, y la redistribución de escaños parlamentarios basados en los nuevos datos del censo.

Desde sus redes sociales, Arce hizo un llamado a la unidad y a la participación democrática, enfatizando que estas decisiones no están motivadas por cálculos políticos ni ambiciones personales, sino por el compromiso con el bienestar de las futuras generaciones y la estabilidad económica del país.

“Cumpliendo nuestro compromiso con la Patria, con el pueblo boliviano y con la democracia, enviamos al TSE las preguntas para el referéndum que nos permitirá decidir, en unidad y por las vías democráticas, el futuro de la subvención de los hidrocarburos, escaños parlamentarios y reelección discontinua”, se manifestó en sus redes.

Las cuatro preguntas que se someterán al escrutinio popular no son meras formalidades, sino puntos neurálgicos que podrían redefinir el curso del país.

Preguntas planteadas por el presidente Arce del referéndum son:

Pregunta 1.- ¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua, lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?

Pregunta 2.- ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Pregunta 3.- ¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Pregunta 4.- ¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados para que ningún departamento pierda su representación y que los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024?

La Ley 026, de Régimen Electoral en la que se sustenta el gobierno, señala que el procedimiento de la iniciativa presidencial es el siguiente: El presidente remitirá las consultas, mediante nota, al TSE, para su evaluación. Éste remitirá un informe técnico, en el plazo de 72 horas, al Órgano Ejecutivo, en el que podrá incluir, si amerita, redacciones alternativas a la pregunta para garantizar su claridad, precisión e imparcialidad.

Recibida la respuesta del TSE, el presidente remitirá al Tribunal Constitucional Plurinacional la pregunta o preguntas a efecto de su control de constitucionalidad. Admitida la respuesta de esta instancia, si la iniciativa resulta constitucional, se emitirá el decreto supremo de convocatoria; si la iniciativa fuese declarada inconstitucional, se dará por concluido su trámite.

El referéndum está normado por la Ley 026, de Régimen Electoral, que fue promulgada el 30 de junio de 2010, durante el gobierno de Evo Morales. El artículo 16 de esta ley señala que para convocar un referendo nacional se puede ir por tres vías: Por la presidenta o el presidente del Estado Plurinacional, mediante decreto supremo. Por la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante ley aprobada por dos tercios de voto.

Por iniciativa popular, apoyada con firmas y huellas dactilares de por lo menos el 20 por ciento del padrón nacional electoral en el momento de la iniciativa. Este porcentaje debe incluir al menos el 15 por ciento del padrón de cada departamento.

Este referéndum no solo se perfila como una consulta popular, sino como un examen del propio modelo de gobernanza de Bolivia.

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