LA PAZ, 8 may (El Libre Observador) – En un movimiento que podría redefinir el acceso a servicios financieros en el país, Bolivia ha oficializado un marco legal para el funcionamiento de las llamadas fintech, empresas tecnológicas orientadas a ofrecer servicios financieros digitales.
El Decreto Supremo 5384, promulgado el miércoles, abre las puertas a una nueva generación de servicios legales, seguros y fiscalizados, en campos que van desde pagos digitales hasta soluciones con activos virtuales y tecnología blockchain.
La medida llega tras más de una década de expansión informal del ecosistema fintech en Bolivia, marcado por la aparición de aplicaciones móviles, billeteras digitales, plataformas de microcréditos, servicios de transferencias y soluciones digitales para el manejo empresarial.
Hasta ahora, estas iniciativas operaban en un vacío normativo. Con la nueva legislación, el Estado reconoce su potencial transformador, pero impone reglas claras: deberán estar registradas, cumplir exigencias técnicas y ajustarse a la supervisión de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
Las fintech y su importancia
El término “fintech” combina las palabras finance y technology y designa a las empresas que utilizan tecnologías digitales para prestar servicios financieros.
En lugar de sucursales físicas, operan a través de plataformas web, aplicaciones móviles y sistemas automatizados que permiten a los usuarios pagar, ahorrar, invertir o recibir créditos desde un dispositivo conectado a Internet.
Esta digitalización supone una oportunidad clave en países como Bolivia, donde gran parte de la población permanece no bancarizada.
Según el Ministerio de Economía, más de 40 fintech operan actualmente en Bolivia, la mayoría en Santa Cruz, Cochabamba y La Paz. Entre las pioneras se encuentran Síntesis (PagosNet), Todotix, UltraCréditos, Pago Fácil, Multipago, Tigo Money y plataformas más recientes como QR Simple o TuGerente.
Hasta ahora, muchas de estas funcionaban sin un marco legal específico, lo que limitaba su expansión y generaba riesgos para los usuarios.

Los servicios que ofrecerán legalmente
El Decreto 5384 establece al menos cinco categorías de servicios autorizados:
- Soluciones con Blockchain, Activos Tokenizados, Activos Virtuales y/o PSAV (Proveedores de Servicios de Activos Virtuales)
- Pagos electrónicos
- Plataformas de financiamiento colectivo o préstamos digitales
- Tecnologías empresariales de gestión financiera
- Otros que se definan posteriormente por la ASFI
Esta clasificación no solo legitima el funcionamiento de fintech que ya operan, sino que abre la puerta a nuevos modelos de negocio emergentes, como servicios basados en contratos inteligentes o criptoactivos tokenizados.
Es decir, Bolivia se encamina a una era donde servicios financieros sin presencia bancaria física podrán operar legalmente bajo regulación estatal.

Blockchain y activos digitales: del mito a la norma
El decreto también introduce definiciones hasta ahora inexistentes en el marco legal boliviano. Blockchain, por ejemplo, se reconoce como una estructura descentralizada y segura que registra transacciones digitales, sin necesidad de intermediarios como bancos o gobiernos.
Este tipo de tecnología es clave para entender cómo operan los activos tokenizados, que representan bienes físicos o financieros en formato digital.
Por su parte, los activos virtuales –como criptomonedas, tokens o derechos digitales de acceso a servicios– podrán ser ofrecidos por empresas fintech siempre que cuenten con la autorización correspondiente. Bolivia no legaliza de manera abierta el uso de criptomonedas, pero habilita un espacio regulado para su manejo técnico y controlado a través de los PSAV.
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) ha recomendado que los PSAV sean supervisados como parte de la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Bolivia se alinea con esta recomendación, al establecer que quienes ofrezcan estos servicios deberán cumplir estrictos estándares de autenticación, confidencialidad y ciberseguridad.

Próximos pasos y desafíos
El decreto otorga 40 días hábiles a la ASFI para emitir una reglamentación específica. Durante ese tiempo, las empresas que ya operan deberán adecuarse a las nuevas exigencias y tramitar licencias.
En ciertos casos, podrán ingresar en un entorno de pruebas supervisado –conocido como sandbox regulatorio– para evaluar sus modelos de negocio antes de su implementación a gran escala.
“Se trata de ofrecer certidumbre al mercado y oportunidades para nuevos actores”, explicó el ministro de Economía, Marcelo Montenegro, al anunciar la normativa. Subrayó que la prioridad es proteger a los usuarios frente a fraudes, ciberataques o la volatilidad de plataformas sin respaldo legal.
El objetivo final, según el Gobierno, es democratizar el acceso al sistema financiero, abaratar costos y facilitar herramientas modernas de inclusión económica. El reto ahora será equilibrar la innovación con la protección del usuario y evitar que el marco normativo limite el potencial de disrupción tecnológica que caracteriza a las fintech.

